2007, Número 5
Consentimiento informado en odontología
Gómez GR
Idioma: Español
Referencias bibliográficas: 19
Paginas: 205-207
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RESUMEN
Se revisan las leyes, reglamentos y normas que regulan las situaciones y requisitos que debe reunir el consentimiento informado en el ejercicio de la medicina y la odontología, y se muestra la improcedencia e inconveniencia de exigir la elaboración del consentimiento informado en toda su extensión en el ejercicio de la odontología, siendo preferible apegarse a la actual legislación que establece la obligatoriedad de recabar la firma de autorización del paciente en el plan de tratamiento.
REFERENCIAS (EN ESTE ARTÍCULO)
Norma Oficial Mexicana 168 SSA1 Del Expediente Clínico (D.O.F. 30/09/1999), art. 4.2.
Tena TC, Lee GM, Casa Madrid MO (Editores). Consentimiento Válidamente Informado. CONAMED, México, 2004: 14.
Ley General de Salud, www.salud.gob.mx, Art. 100-1V.
Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica, www.salud.gob.mx, Art. 80.
Norma Oficial Mexicana 168 SSA1 1999. “Del Expediente Clínico” (D.O.F. 30/09/1999), Art. 10.1.1.2.
NOM 168 Del Expediente Clínico... Art. 10.1.1.1.
Norma Oficial Mexicana 013-SSA2-1994 “Para la Prevención y Control de Enfermedades Bucales” (D.O.F. 06/01/1995), Art. 5.2.
NOM-071-SCFI-2001 “Elementos normativos para la contratación de servicios de atención médica por cobro directo”, (D.O.F. 1/11/2001), Art. 1.2.
Proyecto de modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM 013-SSA2- 1994 Para la Prevención y Control de Enfermedades Bucales” (D.O.F. 19/05/2006).