Tabla 9: Ficha técnica Estado de México.11 Comisión de Conciliación y Arbitraje Médico del Estado de México (CCAMEM) |
||
Marco normativo específico |
ACUERDO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN DE ARBITRAJE MÉDICO DEL ESTADO DE MÉXICO. Publicada: 12 de febrero de 1998, última modificación 2 de junio de 2021 REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE MÉDICO DEL ESTADO DE MÉXICO 11 de octubre de 2018., Última reforma 2 de junio de 2021 |
|
Estructura orgánica |
• Un Consejo • Un comisionado, • Las unidades administrativas que determine su reglamento interno a) Subcomisión de Recepción y Seguimiento de Quejas b) Subcomisión de Conciliación, Arbitraje e Igualdad de Género. c) Unidad de Calidad en el Servicio Médico d) Unidad de Peritajes e) Delegación Naucalpan f) Delegación Texcoco g) Delegación Ixtapan de la Sal h) Unidad de Apoyo Administrativo |
ACCAMEM Artículo 5 º.- Para dar cumplimiento a sus atribuciones, la Comisión contará con: I Un Consejo; II. Un comisionado; y III Las unidades administrativas que se determinen en su reglamento interior
REGLAMENTO INTERNO. Artículo 6 º.- Para el estudio, planeación y despacho de los asuntos de su competencia, el comisionado se auxiliará de las unidades administrativas básicas siguientes: I. Subcomisión de Recepción y Seguimiento de Quejas II. Subcomisión de Conciliación, Arbitraje e Igualdad de Género III. Unidad de Calidad en el Servicio Médico IV. Unidad de Peritajes V. Delegación Naucalpan VI. Delegación Texcoco VII. Delegación Ixtapan de la Sal VIII. Unidad de Apoyo Administrativo |
Atribuciones para: |
||
Orientación |
Artículo 4º.- La Comisión tendrá las siguientes atribuciones: I. Brindar asesoría médico-legal e información a los usuarios y prestadores de servicios médicos sobre sus derechos y obligaciones en la materia; XI. Otorgar a los usuarios asesoría respecto de los trámites a realizar con motivo de su queja; |
|
Gestión |
MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN COMISIÓN DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE MÉDICO DEL ESTADO DE MÉXICO SUBCOMISIÓN DE RECEPCIÓN Y SEGUIMIENTO DE QUEJAS OBJETIVO: Establecer las políticas, normas y mecanismos que coadyuven en la recepción y seguimientos de quejas, así como las actividades encaminadas a atender y resolver las inconformidades derivadas de la prestación de los servicios de salud. Funciones: Intervenir, realizando gestiones inmediatas, entre la o el usuario o sus representantes y las o los prestadores de los servicios de salud para resolver las inconformidades entre ambas partes. |
|
Queja |
Artículo 4º.- La Comisión tendrá las siguientes atribuciones: II. Recibir, investigar y atender las quejas que presenten los usuarios en contra de prestadores de servicios médicos por supuestas irregularidades en su prestación o por la negativa a otorgarlos; |
|
Conciliación |
Artículo 4º.- La Comisión tendrá las siguientes atribuciones: IV. Intervenir en amigable composición para conciliar conflictos derivados de la prestación de los servicios médicos por alguno de los supuestos siguientes: a) Probables actos u omisiones derivadas de la prestación del servicio médico b) Probables casos de negligencia con consecuencia en la salud del usuario c) Aquéllas que sean acordadas por el Consejo |
|
Arbitraje |
Artículo 4º.- La Comisión tendrá las siguientes atribuciones: V. Fungir como árbitro y pronunciar el laudo que corresponda cuando el usuario y el prestador del servicio médico acepten expresamente someterse al arbitraje; |
|
Dictámenes/pericial |
Artículo 4º.- La Comisión tendrá las siguientes atribuciones: VIII. Elaborar los dictámenes o peritajes médicos que le sean solicitados por las autoridades judiciales o el Ministerio Público; en términos de los convenios que para tal efecto se celebren |
|
Formular reformas |
MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN COMISIÓN DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE MÉDICO DEL ESTADO DE MÉXICO OFICINA DEL COMISIONADO FUNCIONES: Elaborar y presentar al Consejo para su aprobación, los instrumentos y demás disposiciones internas que regulen el funcionamiento de la Comisión, proponiendo las reformas que, en su caso, se deben realizar. |
|
Opinar reformas |
NO |