2019, Número 3
Rev Mex Med Forense 2019; 4 (3)
Aspectos médico-forenses de la muerte súbita cardiaca causada por la Commotio Cordis debido al impacto de una bomba lacrimógena durante las manifestaciones en Venezuela en el 2017
Araujo-Cuauro JC
Idioma: Español
Referencias bibliográficas: 19
Paginas: 1-15
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RESUMEN
Propósito: El objetivo del estudio fue visibilizar la muerte súbita cardiaca generada por el fenómeno Commotio Cordis, debido al impacto de una bomba lacrimógena directo al área precordial del tórax de un manifestante, disparada por los agentes del orden público, en las manifestaciones de protesta callejeras pacificas por reivindicaciones económico político social en Venezuela en el año 2017. Asimismo, se busca conocer la normativa legal y el enfoque forense que de esta se deriva, así como las consecuencias jurídicas que afrontan los agentes del orden público que dispararon a los manifestantes; analizamos la responsabilidad médico legal del patólogo forense en el dictamen de autopsia necesario para ejercer las acciones legales penales que se percibe bajo los cargos de homicidio con alevosía o por motivos fútiles o innobles.Materiales y métodos: Se reporta el caso de un adulto joven fallecido por el impacto de una bomba lacrimógena en el área precordial torácica, disparada por los agentes del orden público durante las manifestaciones políticas sociales surgida en la ciudad de Caracas- Venezuela en el año 2017, a quien se le practicaron las valoraciones forenses (autopsia) por el Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forense (SENAMECF). Historia del caso. Se trata de un adulto joven de 20 años impactado por una bomba lacrimógena que fue disparada directamente por los agentes del orden público sobre el tórax a nivel del área precordial, lo cual ocasionó muerte súbita cardiaca conocida también como commotio cordis.
Resultados: Analizamos el resultado transcrito en el certificado de defunción expedido por el patólogo forense de la fiscalía y del Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses (SENAMECF) adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalista (CICPC), quienes le practicaron la autopsia forense; se concluyó el siguiente diagnóstico de muerte: trauma torácico cerrado en región izquierda del tórax que le produjo un shock cardiogénico, contusión cardiaca.
Discusión: Es necesario conocer el mecanismo fisiopatológico que provoca la muerte súbita cardiaca producto de la commotio cordis y la revisión de las normativas actuales de seguridad y control de las manifestaciones por los agentes del orden público nacionales e internacionales; analizamos los problemas de transcendencia médico legal forense de magnitud considerable por las diversas implicaciones relacionadas sobre todo con el derecho penal y/o civil, en el surgen las figuras de homicidio (doloso o culposo) y la responsabilidad profesional.
Conclusiones: La muerte súbita cardiaca por la commotio cordis por el impacto de una bomba lacrimógena sobre el área precordial es un acontecimiento poco frecuente pero muy devastador, por lo que se debe distinguir como un delito de lesa humanidad debido a la violación de los derechos humanos de las víctimas, el cual está tipificado en el Estatuto de Roma dentro del derecho penal internacional.
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