2018, Número 4
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Rev Elec Psic Izt 2018; 21 (4)
Fundamentalismo en el código penal de 1871. Moral pública y buenas costumbres
Sáenz RJR, García CAA
Idioma: Español
Referencias bibliográficas: 25
Paginas: 147-164
Archivo PDF: 176.27 Kb.
RESUMEN
En el presente trabajo se analiza el largo proceso de secularización
del Poder Judicial durante el siglo XIX. Dicho proceso no escapó al
fundamentalismo religioso católico-romano, claramente visible en la
tipificación de los delitos sexuales de violación, rapto y estupro en los
Códigos Civiles y Penales, emitidos en el periodo de la restauración
de la República de Juárez, hasta el Porfiriato 1876-1910.
Los delitos quedaban claramente tipificados como: “Delitos contra el
orden de las familias, la moral pública y las buenas costumbres”, en el
Código Penal de 1871 para el Distrito Federal, y el de procedentes
penales de 1894. Este último, al ser un código federal, reguló el actuar
de los jueces en Tamaulipas. En su sola enunciación, indica que
la víctima no era la persona, sino un predeterminado orden natural de
la familia, la cual se formaba mediante el matrimonio. Institución que
exigió ajustarse a un modelo de orden social moderno, pero de fundamento
religioso. Consecuentemente, este fundamentalismo rigió a
la sociedad liberal porfirista y la conducta de los encargados de impartir
justicia. Esto se muestra claramente en el análisis realizado de
los expedientes judiciales sobre los delitos sexuales encontrados en
el Archivo Histórico de la Suprema Corte de Justicia de Tamaulipas.
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