2016, Número 5
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salud publica mex 2016; 58 (5)
Editorial
Artaza O
Idioma: Español
Referencias bibliográficas: 6
Paginas: 493-495
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FRAGMENTO
Desde 1946, los Estados miembros de la Organización
Mundial de la Salud (OMS) han reconocido que “el
goce del grado máximo de salud que se pueda lograr es
uno de los derechos fundamentales de todo ser humano
sin distinción de raza, religión, ideología política o
condición económica o social”. Esta declaración es el
valor central que, junto con la equidad y la solidaridad,
sustenta los debates y consensos que hemos alcanzado
en las Américas en relación con el acceso universal a la
salud y la cobertura universal de salud (
salud universal).
REFERENCIAS (EN ESTE ARTÍCULO)
Organización Mundial de la Salud. Constitución de la Organización Mundial de la Salud. Nueva York: OMS, 1946 [consultado en septiembre de 2016]. Disponible en: http://www.who.int/governance/eb/who_constitution_ sp.pdf
53° Consejo Directivo de la Organización Panamericana de la Salud. Resolución Cd53.R14. Estrategia para el Acceso Universal a la Salud y la Cobertura Universal de Salud. Washington: OPS, 2014.
Palmer T. Definitions of efficiency. IJM 1999; 2:318-349.
World Health Organization. Reducing Risks, promoting healthy life. The World Health Report. Geneva: WHO, 2002.
Grupo Consultivo de la OMS sobre la Equidad y Cobertura Universal de Salud. Cómo tomar decisiones justas en el camino hacia la cobertura universal de salud. Informe final. Washington, DC: OPS, 2015.
Organización Mundial de la Salud. Informe sobre la salud en el mundo. La financiación de los sistemas de salud: el camino hacia la cobertura universal. Ginebra: OMS, 2010.