2004, Número 6
Acta Ortop Mex 2004; 18 (6)
Artículos del Nuevo Código Penal para el Distrito Federal
Idioma: Español
Referencias bibliográficas: 0
Paginas: 266-267
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FRAGMENTO
Anexamos en este número una nueva sección, en la que incluiremos temas relacionados con la ética en medicina, en esta ocasión incluimos algunos artículos del nuevo Código Penal del D.F. que involucran el actuar del médico. Art. 213. Al que sin consentimiento de quien tenga derecho a otorgarlo y en perjuicio de alguien, revele un secreto o comunicación reservada, que por cualquier forma haya conocido o se le haya confiado, o lo emplee en provecho propio o ajeno, se les impondrán prisión de seis meses a dos años y de veinticuatro a cien días de multa. Si el agente conoció o recibió el secreto o comunicación reservada con motivo de su empleo, cargo, profesión, arte u oficio, o si el secreto fuere de carácter científico o tecnológico, la prisión se aumentará en una mitad y se le suspenderá de seis meses a tres años en el ejercicio de la profesión, arte u oficio.